GRUPSELD RTF Cómputo de los intereses moratorios generados por incumplimiento de un pago a cuenta

Cómputo de los intereses moratorios generados por incumplimiento de un pago a cuenta

1 comentario

Foto del autor

autor:Shasira Michelle Rodas Sanchez

Cómputo de los intereses moratorios generados por incumplimiento de un pago a cuenta

RTF N° 03866-9-2020

Se revoca la apelada que declaró infundada la reclamación formulada contra la orden de pago emitida por el pago a cuenta del Impuesto a la Renta girada al amparo del numeral 3 del artículo 78 del Código Tributario, toda vez que si bien dicha orden de pago fue girada en base a lo declarado por la recurrente, la deuda tributaria actualizada correspondía únicamente a los intereses moratorios generados por el no pago oportuno del pago a cuenta del Impuesto a la Renta de diciembre de 2014, de conformidad con el artículo 34 del Código Tributario, los que deben ser computados desde la fecha en que este devino en exigible hasta la fecha de vencimiento o determinación de la obligación principal, es decir hasta la fecha de presentación de la declaración jurada original del Impuesto a la Renta del ejercicio, aun cuando hubiera sido sustituida, pues la presentación de las declaraciones juradas sustitutorias no implica que deba desconocerse la existencia de la declaración jurada original, habiendo la Administración calculado los intereses moratorios hasta la fecha de presentación de la última declaración jurada sustitutoria, debiendo esta última efectuar el cálculo de los referidos intereses con arreglo a ley.

Cómputo de los intereses moratorios generados por incumplimiento de un pago a cuenta

1 comentario en «Cómputo de los intereses moratorios generados por incumplimiento de un pago a cuenta»

Deja un comentario